Trabajo y Salud - V - Normativa Legal | |||||||
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Otro Decreto reglamentario de la Ley 5032, es el 89 / 995 que es específico para la Industria de la Construcción.
Es destacable su génesis, ya que es consecuencia en primer término de un seminario tripartito organizado por O.I.T en 1987 y de las dificultades en aplicar el 406 / 88 a la Construcción.
Se optó por elaborar tripartitamente una primera reglamentación, el Dec 111/ 90. En su redacción se incluía la conformación de una Comisión tripartita (Art. 175) para estudiar la revisión y actualización del mismo.
De ese estudio surgió el 89 / 995, siendo decisivo el empuje del SUNCA para ello.
Una rápida visión de su índice nos permitirá comprender su contenido.
Cap 1 - Ámbito de aplicación.
Cap 2 - Condiciones Generales de bienestar.
Cap 3 - Andamios.
Cap 4 - Protecciones especiales.
Cap 5 - Máquinas, equipos y herramientas.
Cap 6 - Demoliciones y excavaciones.
Cap 7 - Medios de Protección Personal.
Cap 8 - Servicios de Seguridad en el Trabajo.
Cap 9 - Disposiciones Generales.
Es muy importante su Cap 8, que establece la creación de un Servicio de Seguridad con atribuciones y responsabilidades bien definidas.
Como consecuencia de una serie de accidentes fatales durante 1995 y 1996 se complementó este Decreto con otros los cuales se detallan:
Dec 53 / 996 - Se crea el delegado de obra en Seg e Higiene, reglamentando parcialmente la Ley 15965 (Ratificación Convenios O.I.T).
Dec 76 / 996 - Establece limitaciones al anterior.
Dec 82 / 996 - Establece la obligación de llevar un libro de Obra en Seg e Higiene en cada obra en construcción.
Dec 103 / 996 - Establece que los Equipos de Protección Personal y las maquinarias industriales deben cumplir las normas U.N.I.T. Este decreto abarca a todas las actividades y no solo a la Construcción.
Dec 283 / 996 - Establece la obligación para toda obra en construcción con más de 8 personas o excavaciones mayores a 1,5 metros de profundidad, de presentar un estudio de Seg e Higiene con memoria descriptiva de las medidas, los procedimientos y las protecciones.
Decreto 9 marzo de 1996- Se crea un Consejo Nacional de Seguridad en el Trabajo integrado por:
Un representante del Ministerio de Trabajo.
Un representante del Ministerio de Salud Pública.
Un representante del Banco de Previsión Social.
Un representante del Banco de Seguros del Estado.
Dos representantes empresariales.
Dos representantes de los Trabajadores.
Sus cometidos son coordinar acciones de organismos, promover el desarrollo legislativo, proponer reglamentos.
Decreto Ley 14785 (Estatuto del trabajador Rural) y su decreto reglamentario 647 / 78.
Esta Ley fue promulgada el 19 de Mayo de 1978. En plena Dictadura cívico-militar, curiosamente no ha sido adecuada, actualizada o revisada, pese a que el medio rural siempre estuvo y está a la cabeza de las estadísticas de muertes en accidentes de trabajo.
Es poco lo que dice de las CYMAT y esto no es casualidad.
Vimos como una serie de muertes en la construcción llevaron a la promulgación de una
serie de Decretos, la reflexión pasa por la lucha del S.U.N.C.A., de la sensibilización
que provocaron sobre todo los medios de comunicación. Parece que nuestro medio rural
está lejos, poco sabemos de él.
¿Que reflexión podemos hacer de estos dos ejemplos?
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