Organización
Internacional del Trabajo
La Salud y la Seguridad en el Trabajo
LAS COMISIONES DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Finalidad de este módulo
Este módulo facilita a los alumnos información acerca del papel y las funciones de las comisiones de salud y seguridad en el lugar de trabajo. En él se analizan los temas siguientes: las funciones esenciales de una Comisión sindical de Salud y Seguridad y de una Comisión de Salud y Seguridad conjunta trabajadores-dirección; la importancia de las reuniones de la Comisión y de sus informes; de la formación y la instrucción para los miembros de la Comisión; la negociación colectiva; y diversos principios para efectuar investigaciones sobre riesgos en el lugar de trabajo.
Objetivos
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Al final de este módulo, los alumnos podrán: 1) Exponer varias funciones esenciales de las Comisiones Sindicales de Salud y Seguridad y de las Comisiones conjuntas trabajadores-dirección; 2) Explicar algunos de los puntos fuertes y flacos de las Comisiones de Salud y Seguridad conjuntas de empleados-dirección; 3) Exponer varios principios clave de la negociación colectiva; 4) Exponer varios puntos clave acerca de cómo efectuar investigaciones de riesgos en el lugar de trabajo. |
¿Qué contiene este módulo?
(Nota: En este módulo, se utilizan las palabras "Comisión" y "Comisión de Salud y Seguridad" con el mismo significado.)
Este modelo tiene por objeto facilitar información básica acerca de cómo establecer y mantener una Comisión de Salud y Seguridad en el lugar de trabajo que sea un mecanismo eficaz para resolver los problemas de salud. Ahora bien, además de establecer una Comisión de Salud y Seguridad, los sindicatos también deben organizar, instruir y adoptar medidas para resolver los problemas de salud y seguridad.
No hay normas universales que describan con exactitud cómo se debe crear una Comisión de Salud y Seguridad o cómo debe funcionar ésta. Las estructuras, las facultades, los procedimientos de actuación e incluso el número de comisiones, variarán de un lugar de trabajo a otro. Las diferencias corresponderán a muchos factores, entre ellos: las necesidades de los trabajadores, la variedad y amplitud de los riesgos, las actitudes de la dirección ante la salud y la seguridad, etc.
En varios países, existen leyes que exigen que se creen Comisiones de Salud y Seguridad conjuntas entre los trabajadores y la dirección. Aunque por ley o un convenio colectivo se establezca una comisión conjunta, también convendrá estudiar la posibilidad de crear una Comisión sindical de Salud y Seguridad, que puede ser particularmente necesaria en caso de que no exista una comisión conjunta.
La salud y la seguridad en el trabajo es una cuestión esencialmente de condiciones laborales. Obtener las mejoras necesarias y proteger a los trabajadores contra los cambios que puedan influir negativamente en ellos exige organización dentro del sindicato. La comisión sindical es parte esencial del mecanismo de solución de los problemas de salud y seguridad en el lugar de trabajo y puede ser un eficaz instrumento de organización. La existencia de miembros instruidos del sindicato deberá ser la base a partir de la cual se aborden los problemas de salud y seguridad. A la Comisión sindical de Salud y Seguridad corresponde representar a los trabajadores a propósito de estas cuestiones y a la comisión conjunta corresponde plantear los distintos problemas ante la dirección. En la figura 1 se muestra una estructura de resolución de problemas de salud y seguridad en la que aparecen tanto una comisión sindical como una comisión conjunta.
Esquema de estructura para solucionar las preocupaciones en materia de salud y seguridad en la que existen tanto una comisión sindical como una comisión conjunta.
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Puntos que hay que recordar |
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II. La Comisión sindical de Salud y Seguridad
Crear una Comisión sindical de Salud y Seguridad es el primer paso de un programa de salud y seguridad de un sindicato. Para hacerlo no es necesario que intervengan las autoridades ni tampoco el empleador. La función de la comisión sindical consiste en:
Si en el lugar de trabajo no existe una Comisión conjunta de Salud y Seguridad entre los trabajadores y la dirección, la comisión sindical tendrá que negociar directamente con la dirección. Si existe una comisión conjunta, la comisión sindical deberá designar representantes en la Comisión conjunta. La comisión sindical puede ser el lugar en que se instruyan los miembros de la Comisión conjunta y se efectúe la labor de documentación necesaria para conocer a fondo y demostrar los riesgos que pueden existir en el lugar de trabajo y contrarrestar los argumentos de la dirección. (Véase la figura 1.)
A. ¿Quién debe formar parte de la comisión?
Los miembros de la comisión sindical deben representar a todas las zonas de trabajo, comprendidas las que se hallen separadas del lugar de trabajo principal. En los lugares de trabajo en que haya más de un sindicato, por ejemplo hospitales u obras, los sindicatos deben esforzarse por colaborar para formar una comisión sindical única. Debe haber miembros de la comisión en cada turno laboral. Si la comisión sindical está representada ampliamente en todo lugar de trabajo, se convierte en el primer órgano al que se acude normalmente para resolver cualquier problema específico.
Los miembros de la comisión sindical deben ser seleccionados atendiendo a su preocupación por la salud y la seguridad y deben estar dispuestos a estudiar el tema. En las primeras fases de creación de la comisión, puede haber pocos candidatos claros, pero no se olvide que los trabajadores veteranos, sobre todo los que han ocupado distintos puestos de trabajo, a menudo son muy peritos en cuestiones de salud y seguridad.
La comisión sindical debe reunirse cuantas veces haga falta, pero por lo menos una vez al mes. La comisión deberá analizar:
Las reuniones de la comisión sindical deben anteceder a las reuniones de la comisión conjunta. El orden del día de la comisión conjunta debe ser estudiado y se debe decidir qué posición adoptar a propósito de las cuestiones que comprenda. No siempre será posible planear una reunión de la comisión sindical antes de la reunión de la comisión conjunta, pues, por ejemplo, se puede convocar una reunión urgente de la comisión conjunta para analizar una negativa de los empleados a trabajar. La comisión sindical debe esforzarse en elaborar una política general para poder hacer frente a situaciones de esa índole.
La comisión sindical debe elaborar un informe acerca de sus actividades antes de cada reunión. En el informe se deberán tratar:
El informe de la comisión sirve de recordatorio de que la comisión existe y trabaja. La comisión sindical debe cuidar además de que cada trabajador que plantea un problema de salud o seguridad reciba los correspondientes informes de lo que se ha hecho. Este es un deber muy importante de la comisión, pues la falta de comunicación es uno de los principales motivos de que no se progrese o de que la comisión no obtenga apoyo, y una causa principal de apatía entre los trabajadores.
D. La formación y la instrucción
Elaborar y aplicar programas de formación e instrucción en materia de salud y seguridad destinados a los miembros del sindicato es uno de los deberes más importantes de la comisión sindical. Habrá que elaborar esos programas junto con el encargado o comité de educación del sindicato. La existencia de la comisión, su presencia en el lugar de trabajo y sus informes periódicos a la sección sindical tendrán influencia en los trabajadores. La comisión puede colaborar con el ejecutivo de la sección sindical, la oficina nacional o internacional del sindicato, los órganos sindicales centrales o los centros de estudios laborales para elaborar programas que se adapten específicamente a un lugar de trabajo. La instrucción general de los trabajadores en materia de salud y seguridad es responsabilidad del sindicato y no se debe dejar en manos de la dirección ni de las autoridades. En varios países, la experiencia ha demostrado que los programas de instrucción impartidos por los sindicatos a los miembros son más eficaces que los programas de instrucción elaborados conjuntamente por los trabajadores y la dirección.
La comisión sindical puede desempeñar la labor importantísima de investigar cuestiones concretas en materia de salud y seguridad. Lo mismo que es necesario efectuar investigaciones para poder dictaminar en un arbitraje, hay que velar por que los miembros de las comisiones conjuntas tengan los conocimientos necesarios para discutir de problemas de salud y seguridad con la dirección. Nos referimos tanto a los problemas que planteen los trabajadores o la misma comisión como a los que plantee la dirección. En muchas situaciones, la dirección puede tratar de "aplastar" a los representantes sindicales con datos técnicos y terminología muy complicada. Los representantes sindicales deben estar preparados para hacer frente con competencia y confianza a esas estrategias de la dirección. En otras situaciones, puede suceder que los representantes sindicales estén mucho mejor informados que la dirección sobre cuestiones concretas. Hay muchos empleadores que saben muy poco, si es que saben algo, acerca del número cada vez mayor de riesgos profesionales para la salud.
El derecho a negarse a efectuar una labor peligrosa
Todos los trabajadores deben tener derecho a negarse a efectuar una labor que pueda poner en peligro su salud o su seguridad, derecho que puede existir en virtud de una ley concreta o de la legislación general. A los miembros de la comisión corresponde efectuar una importante labor para apoyar a los trabajadores que se niegan a efectuar un trabajo peligroso, de todas las maneras posibles, entre otras efectuando protestas directas y facilitando asesoramiento e información sobre cuestiones técnicas y acerca de las leyes que los protegen.
Un inspector oficial debe estar acompañado en el lugar de trabajo por un representante de la dirección y otro del sindicato. |
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La Ley dispone que el empleador debe permitir que un trabajador designado por el sindicato acompañe a todo inspector oficial que visite el lugar de trabajo. Todos los miembros de la comisión sindical deben haber sido elegidos. El sindicato puede querer designar a un único miembro de la comisión para que acompañe al inspector a girar visita a todo el lugar de trabajo, o bien preferir asignar a distintos miembros a diferentes lugares de trabajo. Si en la ley no figura una disposición al respecto, el sindicato puede querer que figure en el convenio colectivo.
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Puntos que hay que recordar acerca de las Comisiones sindicales de Salud y Seguridad |
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III. Las Comisiones de Salud y Seguridad conjuntas formadas por representantes de los trabajadores y la dirección
Una de las tareas de una Comisión conjunta de Salud y Seguridad puede ser elaborar un convenio colectivo. |
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Para muchos sindicatos, los convenidos colectivos ya han establecido Comisiones conjuntas trabajadores-dirección de Salud y Seguridad y cada vez se crean más comisiones de ese tipo. Muchos sindicatos han descubierto que las comisiones conjuntas se pueden utilizar como instrumento para controlar las cuestiones de salud y seguridad en lugar de resolverlas. Ahora bien, el modelo de colaboración entre los trabajadores y la dirección en una comisión es el que más posibilidades ofrece de mejorar las condiciones laborales porque, en su marco, la dirección y los trabajadores participan en la detección, la supresión y el control de los riesgos, lo cual es importante porque, a fin de cuentas, es la dirección quien debe aplicar los cambios necesarios en el lugar de trabajo, con el acuerdo de los trabajadores. (Veáse la figura 1.)
No es posible describir la amplia variedad de estructuras, procedimientos de actuación, facultades y deberes de las comisiones conjuntas que se negocian y establecen mediante la legislación. Así pues, en este módulo formularemos algunas consideraciones generales en torno a la creación de una comisión concreta y, al mismo tiempo, veremos la manera en que los trabajadores y los sindicatos pueden extraer más beneficios de una comisión conjunta. En algunos países, la ley incluirá cómo se podrán aplicar las sugerencias que hagamos. En otras situaciones, esas sugerencias sólo podrán servir de guía para negociar unas comisiones más fuertes.
La efectividad de una comisión conjunta está determinada ante todo por el apoyo que los trabajadores sindicados y la comisión sindical prestan a los trabajadores que forman parte de ella. Sin un firme apoyo, los representantes de los trabajadores se encontrarán aislados y por lo tanto en posición de debilidad-, por muy fuertes, militantes o bien preparados que sean uno por uno. La dirección sabrá si el problema preocupa a sólo unas cuantas personas o a todo el sindicato y es probable que su reacción varíe mucho según la situación. Dondequiera que se establezca una comisión conjunta, el sindicato deberá tener una sección fuerte que le preste respaldo y vele por que haya una fuerte representación.
Al redactar propuestas de negociación sobre comisiones conjuntas habrá que tener en cuenta lo que a continuación se expone. La manera en que una sección sindical decida avalar cada una de estas cuestiones dependerá de las comisiones de trabajo y de la fuerza que tenga el sindicato. La experiencia de muchos sindicatos ha demostrado que, en todas las situaciones, los sindicatos tienen que combatir con firmeza a propósito de cada palabra relativa a la salud y seguridad que acaba por figurar en el convenio colectivo.
A. El número de miembros de la Comisión
El número de miembros que deberá tener la Comisión dependerá de las dimensiones del lugar de trabajo y de los distintos lugares en que se realicen las tareas laborales. Habrá que considerar muy cuidadosamente cuántos miembros tendrá la Comisión, pues si son demasiados será ineficaz y si son pocos no será representativa. No debe haber nunca menos de dos representantes de los trabajadores, que serán seleccionados con el acuerdo del sindicato.
B. ¿Quién debe formar parte de la Comisión?
Los miembros de la comisión conjunta deben proceder de la comisión sindical. Todos los miembros de la comisión deben estar realmente interesados en las cuestiones de salud y seguridad, ser capaces de colaborar con otras personas y estar deseosos de participar activamente en el mantenimiento y la aplicación de unas condiciones de trabajo saludables y seguras. El método empleado para seleccionar a los miembros de la Comisión puede variar. Según los estatutos y las prácticas del sindicato, el presidente de la sección puede ser autorizado a nombrar miembros, con la aprobación del comité ejecutivo o de todos los miembros, o bien los miembros podrán ser elegidos por votación de la sección sindical o de los trabajadores. El período de su mandato debe ser lo bastante duradero como para que los miembros adquieran cierta experiencia en materia de salud y seguridad, al tiempo que permita a otros trabajadores aprender cómo funciona la comisión. Una práctica adecuada podría ser ir rotando a los miembros de la Comisión, a fin de que ésta nunca esté formada totalmente por miembros sin experiencia.
C. Los procedimientos de actuación y las recomendaciones
Si el sindicato decide que una comisión conjunta es útil a pesar de sus posibles limitaciones, se recomienda que negocie la estructura de las responsabilidades de la comisión conjunta, en lugar de establecer una comisión formada por el sindicato y la dirección sin haberse puesto antes de acuerdo al respecto. A continuación figuran algunos procedimientos de actuación y varias recomendaciones que pueden ayudar a que la comisión funcione con eficacia:
El tratar de resolver demasiadas cuestiones al mismo tiempo es una causa habitual de fracaso de comisiones. Sólo compartirán realmente la responsabilidad en materia de salud y seguridad la dirección y el sindicato una vez que se haya establecido la mayoría de estos principios.
D. Las funciones y los deberes de la comisión conjunta
Las facultades y los deberes de las comisiones conjuntas establecidas legalmente varían de un lugar a otro. Las disposiciones que figuran en las leyes pueden utilizarse como punto de partida para la negociación colectiva. (Véase el folleto de esta colección titulado Las Comisiones de Salud y Seguridad en el trabajo. Apéndices).
Los elementos esenciales de un acuerdo en materia de salud y seguridad |
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Los Apéndices II, III y IV son ejemplos de convenios colectivos que han elaborado algunos sindicatos y de legislación que exige la creación de Comisiones de Salud y Seguridad. Cuando negocie usted un convenio colectivo, quizá le convenga adaptar partes de esos documentos.
El Apéndice I reproduce la recomendación Nº 164 de la Organización Internacional del Trabajo relativa a la seguridad y la salud de los trabajadores en el ámbito laboral. La Parte IV de la Recomendación, titulada "Acción a nivel de la empresa", subraya en el párrafo 2) de su artículo 12 lo que se recomienda a propósito de la función de una Comisión de Salud y Seguridad. Algunos países han promulgado medidas legislativas sobre las Comisiones de Salud y Seguridad. Si en su país no se han adoptado medidas de esa índole, quizá convenga que utilice usted la Recomendación Nº 164 como directriz para elaborar las normas pertinentes.
El Apéndice II es un extracto de la Ley sobre Salud y Seguridad en el Trabajo de 1982 de Bermudas, en la parte que se refiere a la instauración de Comisiones de Salud y Seguridad.
En el mismo Apéndice II figuran también las Orientaciones sobre el Reglamento de las Comisiones de Salud y Seguridad de Bermudas de 1984. Aunque estas Orientaciones no son una ley, se pueden utilizar como modelo, pues son muy concretas al exponer las funciones que debe desempeñar una Comisión de Salud y Seguridad. En esas Orientaciones figuran las funciones que debe desempeñar una Comisión de Salud y Seguridad si surgen problemas especiales por utilizarse subcontratistas, así como la función de una Comisión cuando debe ocuparse de múltiples lugares de trabajo dependientes de un solo empleador.
El Apéndice III reproduce el Acuerdo sobre salud, seguridad y rehabilitación profesionales que ofrece como modelo el Sindicato de Trabajadores del Metal de Nueva Gales del Sur, Australia. En ese acuerdo se especifican en detalle los derechos y funciones de la Comisión de Salud y Seguridad y además se expone con claridad cómo alcanzar la participación conjunta de los trabajadores y la dirección.
Por último, el Apéndice IV recoge varios modelos de cláusulas contractuales de distintos sindicatos de los Estados Unidos para establecer Comisiones de Salud y Seguridad, con lo que se pone de manifiesto la existencia de distintos métodos para resolver las cuestiones de salud y seguridad.
A continuación se enumeran algunos de los principales deberes y funciones recomendados de una comisión conjunta. Cuando defina usted las responsabilidades de su Comisión, quizá convenga que haga una lista y la coloque donde se reúne la Comisión para que todos sus miembros conozcan los deberes y funciones de la Comisión en el lugar de trabajo. Cada miembro deberá recibir una copia de esa lista. Algunas de esas funciones serán aceptadas sin problemas por la dirección, pero, respecto de otras, habrá que combatir para que las acepte.
Recuerde: Enumere los problemas por orden de prioridad y dé a conocer las resoluciones. Estas son dos estrategias importantes de una Comisión de Salud y Seguridad eficaz.
Hacer participar a todos los trabajadores en la solución de los problemas de salud y seguridad
Aunque la Comisión puede funcionar fundamentalmente con un equipo habitual de representantes de los trabajadores, es importante que todos los trabajadores estén informados acerca de los esfuerzos que se hacen para solucionar problemas de salud y seguridad y participen en ellos. Una manera de hacer participar a los trabajadores es rotar a quienes se ocupan de supervisar periódicamente el lugar de trabajo a fin de que haya más trabajadores que participen en los esfuerzos para mejorar la salud y la seguridad. Para mantener a los trabajadores informados acerca de la labor de la Comisión conviene utilizar boletines periódicos, efectuar reuniones en los talleres, difundir las actas de las reuniones y tener contactos personales. Trate de idear otros métodos de transmitir información que puedan funcionar en el lugar en que usted actúe.
Los delegados de la comisión sindical de salud y seguridad son trabajadores. Debe haber por lo menos un delegado de salud y seguridad por cada 20 trabajadores y por lo menos uno en cada departamento o línea de producción. Se puede rotar esa función cada semana o cada mes para que participen más trabajadores en la supervisión del lugar de trabajo. |
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E. La formación de los miembros de la Comisión
A los miembros de la Comisión se les debe impartir la adecuada formación en materia de salud y seguridad. Los miembros formados en estas cuestiones pueden hacer una mayor aportación, lo cual significa que la Comisión podrá trabajar con más eficacia. Es preferible que la formación en salud y seguridad sea organizada por el sindicato y el empleador conjuntamente, pero también pueden organizarla por separado. La formación de los miembros de la Comisión debe comprender en el mejor de los casos lo siguiente, aunque no tiene por qué limitarse a ello:
En la página siguiente se enumeran varios principios generales que pueden ayudar a que las reuniones de la comisión conjunta sean más eficaces e interesantes y por lo tanto alienten a los miembros de la misma a participar. Es importante que la Comisión decida pronto qué prioridades se seguirán al ocuparse de los problemas de salud y seguridad. Varias cuestiones que hay que tener en cuenta al decidir los problemas prioritarios son los informes de accidentes concretos, los informes de inspecciones y si se han implantado nuevos equipos o procedimientos de trabajo. ¿Qué otros factores considerará su Comisión para determinar las prioridades?
Elaborar unas actas completas y fidedignas es uno de los deberes más importantes de las comisiones conjuntas por lo que se refiere a mantener registros y no se debe dejar nunca que sea la dirección la que se ocupe de esta labor. Las actas deben ayudar a detectar los problemas y solucionarlos y mantener un registro fiel de las deliberaciones de la Comisión. Hay que dejar constancia de la posición del sindicato sobre cada cuestión que haya sido examinada. Es importante hacerlo porque los inspectores oficiales pueden examinar las actas para ver si la Comisión ha analizado un problema concreto y si se propusieron medidas correctivas.
Lo que tiene que hacer y lo que no tiene que hacer una comisión conjunta trabajadores-dirección
Fuente: Health and safety manual, Service Employees' International Union, AFL/CIO, Washington, DC, 1987.
Lo que tiene que hacer
Lo que no tiene que hacer