I. LA PLANIFICACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA EMPRESA

OBJETIVOS 

En esta nueva unidad abordaremos un tema clave para lograr el objetivo de promover la seguridad y salud de los trabajadores: la planificación de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Hasta el momento hemos analizado la clasificación y el tratamiento de los riesgos en sus distintas manifestaciones y algunas pautas de actuación para eliminarlos o reducir sus efectos.

En esta unidad pretendemos que descubras cómo se planifican y ordenan las acciones preventivas a partir de la evaluación inicial de los riesgos, siendo el plan de prevención el instrumento básico en torno al cual se articula toda la política de la empresa en materia de seguridad y salud laboral.

En tu labor como delegado de prevención, el plan de prevención se convierte en el mejor instrumento práctico a través del cual harás efectiva la acción sindical que día a día se requiere para defender el derecho básico a la seguridad y salud de todos los trabajadores en la empresa.

1. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA.

Los trabajadores tenemos derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral. Este derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de proteger a los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.

En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de todos los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con la prestación laboral.

La idea sobre la que se asienta la promoción de la salud de los trabajadores es la de prevención, entendida como el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

El objetivo que se persigue es la eliminación de los riesgos, antes de que éstos puedan llegar a materializarse. La prevención debe nacer en el mismo momento del diseño del proyecto empresarial y extenderse durante toda la vida y actividad de la empresa.

Es muy importante la idea de anticipación que aporta, pues no se espera a la aparición de los daños para corregirlos, ni se limita a la mera utilización de equipos de protección, ya sean individuales o colectivos. La prevención de riesgos laborales incluye la identificación y detección de los factores de riesgo, su análisis y evaluación, la adopción de las medidas necesarias y el control de la efectividad de las mismas.

Así, el empresario realizará la prevención de los riesgos derivados del trabajo desarrollando una acción permanente para perfeccionar los niveles de protección existentes y adaptando las medidas de prevención que se hayan adoptado a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que afectan a la realización del trabajo.

La prevención debe nacer en el mismo momento del diseño del proyecto empresarial y extenderse durante toda la vida y actividad de la empresa.

La obligación empresarial de adoptar todas las medidas que integran este deber general de prevención debe articularse con arreglo a los siguientes principios generales (art. 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales):

2. LA PLANIFICACIÓN DE LA PREVENCIÓN.

El conjunto de actuaciones que se desarrollan en la empresa para proteger a los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo exige que el empresario vaya más allá del simple cumplimiento formal de un conjunto predeterminado de obligaciones o de la mera corrección de situaciones de riesgo ya manifestadas.

El conjunto de acciones preventivas que debe realizar el empresario se planificará a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

El nuevo enfoque que plantea la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se sustenta sobre los siguientes elementos básicos:

Este enfoque no puede entenderse sin la necesaria información y formación de los trabajadores en materia preventiva, dirigidas a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos laborales como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que desarrollan allí su prestación laboral y a la actividad concreta que desarrollan.

El conjunto de acciones preventivas que debe realizar el empresario se planificará a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

Esta evaluación es imprescindible para obtener información sobre el alcance, naturaleza e importancia de los factores de riesgo que existen en el ámbito de trabajo, lo cual permitirá decidir la implantación de las medidas preventivas más adecuadas.

La planificación de la prevención es el proceso a través del cual se marcan los objetivos, criterios y procedimientos necesarios para implantar la política de prevención de riesgos laborales en una empresa o centro de trabajo determinado.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales recoge, como uno de los principios de la acción preventiva, la obligación empresarial de planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre:

El empresario debe realizar todas aquellas actividades preventivas necesarias para garantizar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Estas actuaciones deberán integrarse en el conjunto de las actividades de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma.

La planificación de la actividad preventiva incluye, en todo caso, los medios humanos y materiales necesarios, así como la asignación de los recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos preventivos previstos.

En la planificación de la prevención se integran todas las obligaciones empresariales: la necesaria información y formación de los trabajadores en materia preventiva, la vigilancia de la salud, las medidas de emergencia, o la coordinación de todos estos aspectos.

El plan de prevención es el instrumento básico en torno al cual se articula toda la política de la empresa en materia de seguridad y salud laboral.

La actividad preventiva tiene que planificarse para un período determinado de tiempo, estableciendo las fases y prioridades de su desarrollo en función de la magnitud de los riesgos y del número de trabajadores expuestos a los mismos, así como su seguimiento y control periódico. En el caso de que el período en que se desarrollen las actuaciones programadas sea superior a un año, deberá establecerse un programa anual de actividades.

El plan de prevención es el documento escrito que describe el conjunto de acciones organizadas que tienen por objeto la eliminación o reducción de los riesgos derivados del trabajo en el ámbito de la empresa o centro de trabajo.

3. LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES.

El empresario tiene la obligación de planificar la acción preventiva en la empresa a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

Dicha evaluación no es fin en si misma, sino un medio a través del cual el empresario puede decidir cuales son las medidas y actividades más adecuadas para eliminar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

La planificación de la prevención es el proceso a través del cual se marcan los objetivos, criterios y procedimientos necesarios para implantar la política de prevención de riesgos laborales en una empresa o centro de trabajo determinado.

3.1. CONCEPTO.

La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

El empresario debe consultar a los representantes de los trabajadores (específicamente a los delegados de prevención), o a los propios trabajadores en ausencia de representantes, acerca del procedimiento de evaluación que se vaya a utilizar en la empresa o centro de trabajo e incluso consensuar con éstos los criterios objetivos de valoración de los riesgos.

La evaluación de riesgos es imprescindible para obtener información sobre el alcance, naturaleza e importancia de los factores de riesgo que existen en el ámbito de trabajo, lo cual permitirá decidir la implantación de las medidas preventivas más adecuadas.

La evaluación inicial de los riesgos deberá extenderse a cada uno de los puestos de trabajo en que concurran dichos riesgos. Para ello se tendrán en cuenta:

Esta evaluación se realizará:

La evaluación es siempre un proceso dinámico, y será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud de los trabajadores que se hayan producido o si aparecen indicios, con ocasión de la vigilancia de la salud, de que las medidas adoptadas son insuficientes o inadecuadas. En ambos casos se llevará a cabo una investigación al respecto para detectar las posibles causas de estos hechos.

La evaluación inicial debe revisarse también con la periodicidad que se acuerde entre los representantes de los trabajadores y la empresa, teniendo en cuenta especialmente el deterioro que sufren las distintas instalaciones, equipos de trabajo,... que integran el proceso productivo.

El empresario debe consultar a los delegados de prevención acerca del procedimiento de evaluación que se vaya a utilizar en la empresa o centro de trabajo e incluso consensuar con éstos los criterios objetivos de valoración de los riesgos.

3.2. PROCEDIMIENTO.

El procedimiento para la evaluación de los riesgos laborales parte de la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos existentes en la empresa, sobre el estado de salud de los trabajadores, la información y formación recibida por estos y sobre todas aquellas cuestiones que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores.

Una vez obtenidas y analizadas esas informaciones se procederá a la determinación de los elementos peligrosos y a la identificación de los trabajadores expuestos a los mismos, valorando a continuación el riesgo existente en función de criterios objetivos de valoración, según los conocimientos técnicos del momento, o consensuados con los trabajadores, de forma que se pueda llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar o de controlar y reducir el riesgo.

El procedimiento de evaluación utilizado debe proporcionar confianza sobre los resultados. En caso de duda, deberán adoptarse las medidas preventivas más favorables desde el punto de vista de la prevención.

Las evaluaciones de riesgos pueden agruparse en varios tipos:

Las actividades preventivas necesarias para garantizar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores deberán integrarse en el conjunto de las actividades de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma.

3.3. EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS.

A continuación os presentamos un modelo práctico de evaluación general de riesgos propuesto en una guía del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Los pasos para realizar una evaluación general de los riesgos laborales son los siguientes:

Una vez realizada la clasificación de las actividades de la empresa, el procedimiento que debe seguirse para la evaluación general de riesgos es el siguiente:

Identificación de los factores de riesgo.

Una vez clasificadas las distintas actividades que se desarrollan en la empresa o centro de trabajo se trata de realizar un análisis sistemático para detectar los posibles factores de riesgo y los trabajadores expuestos a ellos.

Esta identificación se realizará a través de las mediciones, análisis o ensayos que se consideren necesarios, salvo que se trate de instalaciones, actividades o procesos en los que la observación directa del profesional acreditado permita llegar a conclusiones fiables.

Estimación del riesgo.

Para cada posible peligro detectado debe estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad del daño (consecuencias para la seguridad y la salud de los trabajadores) y la probabilidad de que ocurra el hecho.

Daños superficiales: cortes y magulladuras pequeñas, irritación de los ojos por polvo... Molestias e irritación: dolor de cabeza, disconfort...

Heridas graves, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores... Sordera, dermatitis, asma, trastornos, músculo-esqueléticos, enfermedad que conduce a una incapacidad menor...

Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales. Cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten severamente la vida.

A la hora de establecer la probabilidad de daño, se debe considerar si las medidas de control ya implantadas son adecuadas. Los requisitos legales y los códigos de buena práctica* para medidas específicas de control, también juegan un papel importante.

La siguiente tabla ofrece un método sencillo para estimar los niveles de riesgo según su probabilidad estimada y sus consecuencias esperadas.

    CONSECUENCIAS
    LIGERAMENTE DAÑINO DAÑINO EXTREMADAMENTE DAÑINO
P R O B A B I  L I D A D BAJA

 

MEDIA

Riesgo trivial Riesgo tolerable Riesgo moderado
Riesgo tolerable Riesgo moderado Riesgo importante
ALTA Riesgo moderado Riesgo importante Riesgo intolerable

Valoración de riesgos.

Los niveles de riesgos indicados en el cuadro anterior, sirven de base para adoptar las decisiones sobre la mejora de los controles existentes o la implantación de otros nuevos, así como la temporización de las acciones.

En el siguiente cuadro se sugieren algunos criterios como punto de partida para la toma de decisiones.

RIESGO TIPO DE ACCIÓN Y DISTRIBUCIÓN TEMPORAL
Trivial No se requiere acción específica
Tolerable No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control.
Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un período determinado.

Cuando el riesgo moderado está asociado con consecuencias extremadamente dañinas, se precisará una acción posterior para establecer, con más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de mejora de las medidas de control

Importante No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados.
Intolerable No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo.

Control del riesgo.

El siguiente paso, después de identificar y valorar los riesgos, consiste en la adopción de decisiones sobre las acciones preventivas prioritarias que se van a desarrollar en la empresa o centro de trabajo para controlar los riesgos detectados.

Los pasos para realizar una evaluación general de los riesgos laborales son los siguientes: clasificación de las actividades de trabajo, análisis de riesgos y plan de control de riesgos.

4. EL PLAN DE PREVENCIÓN.

El establecimiento de una acción preventiva integrada en la empresa supone la implantación de un plan de prevención de riesgos que incluya la estructura organizativa, la definición de funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para llevar a cabo dicha acción.

La puesta en práctica de toda acción preventiva requiere, en primer término, el conocimiento de las condiciones de cada uno de los puestos de trabajo, para identificar y evitar los riesgos y evaluar los que no se puedan evitar.

A partir de los resultados de la evaluación de los riesgos, el empresario planificará las actividades preventivas necesarias para hacer frente a los distintos riesgos.

El Plan de Prevención es el documento escrito que describe el conjunto de acciones organizadas cuya finalidad es la eliminación o reducción de los riesgos laborales en el ámbito de la empresa o centro de trabajo.

Dentro de la planificación se deben documentar los procedimientos y actuaciones necesarias para implantar una política eficaz de control de los riesgos laborales. Este proceso comprende:

El Plan de Prevención debe tener una vigencia temporal determinada, de acuerdo con la programación preventiva de la empresa, indicándose las fases, prioridades y forma de realización de las actuaciones preventivas. En todo caso, el plan contará con un desarrollo temporal por años de todas las actividades implantadas o previstas.

El Plan de Prevención es el documento escrito que describe el conjunto de acciones organizadas cuya finalidad es la eliminación o reducción de los riesgos laborales en el ámbito de la empresa o centro de trabajo.

Con carácter general todo Plan de Prevención debe incluir, como mínimo, los siguientes apartados:

Diagnóstico de la situación.

No es posible desarrollar la planificación de las actuaciones preventivas sin conocer el estado de la situación sobre la que hay que actuar, por tanto es imprescindible que se realice la evaluación de las condiciones de trabajo en la empresa.

El diagnóstico de la situación se consigue mediante la evaluación inicial de los riesgos derivados del trabajo, teniendo en cuenta todos los aspectos que vimos en el apartado anterior.

Definición de los objetivos.

Una vez conocido el estado de las condiciones de trabajo, deben marcarse los objetivos, realistas y bien definidos, que pretenden alcanzarse a través del plan de prevención. Se suele distinguir entre objetivos generales y específicos.

Asignación de los recursos necesarios.

Para la consecución de cada uno de los objetivos planteados es necesaria la asignación de los recursos humanos, materiales y económicos para poner en marcha todas las actividades preventivas en la empresa.

Asignación de tareas. Funciones y responsabilidades.

Las actuaciones preventivas deben integrarse en el conjunto de las actividades de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma. Así, las funciones y responsabilidades en materia preventiva se distribuirán siguiendo la línea jerárquica empresarial (la dirección, la línea de mandos intermedios, los técnicos...).

Programa de actuaciones.

Elaborado según las necesidades detectadas en la evaluación de riesgos y las prioridades establecidas por la dirección de la empresa, comprenderá aspectos como:

Programa de seguimiento.

Consiste en realizar una evaluación periódica de las actuaciones previstas. Una vez llevadas a cabo las medidas contempladas en el plan de prevención, debe evaluarse la eficacia del mismo, comprobando si se han alcanzado o no los objetivos prefijados. Estas evaluaciones periódicas se realizarán a través de inspecciones técnicas y/o metodologías participativas.

Para controlar el cumplimiento, al finalizar la programación temporal establecida, de los objetivos marcados en el plan., se deberá realizar una evaluación final de los resultados obtenidos.

La prevención de riesgos laborales incluye la identificación y detección de los factores de riesgo, su análisis y evaluación, la adopción de las medidas necesarias y el control de la efectividad de las mismas.

La formulación del Plan de Prevención debe realizarse en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud, o con los Delegados de Prevención en las empresas de menos de 50 trabajadores, ya que entre las competencias de dicho Comité se encuentran:

Por tanto, como delegados de prevención debemos participar en la determinación de las fases descritas anteriormente, fijando conjuntamente con el empresario: objetivos, acciones preventivas, recursos necesarios, calendario y evaluación del plan.

RECUERDA

  • El empresario debe realizar la prevención de riesgos laborales desarrollando una acción permanente con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes y adaptando las medidas de prevención adoptadas a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que afectan a la realización del trabajo.
  • El conjunto de acciones preventivas que debe llevar a cabo el empresario se planificará a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • La planificación de la prevención es el proceso a través del cual se marcan los objetivos, criterios y procedimientos necesarios para implantar la política de prevención de riesgos laborales en una empresa o centro de trabajo determinado.
  • La planificación de la actividad preventiva incluye, en todo caso, los medios humanos y materiales necesarios, así como la asignación de los recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos preventivos previstos.
  • La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
  • El Plan de Prevención es el documento escrito que describe el conjunto de acciones organizadas cuya finalidad es la eliminación o reducción de los riesgos laborales en el ámbito de la empresa o centro de trabajo.
  • La elaboración, puesta en marcha y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa debe realizarse en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud, o con los Delegados de Prevención en las empresas de menos de 50 trabajadores.

ACTIVIDADES

1. ACTIVIDADES INDIVIDUALES.

A continuación te presentamos una serie de afirmaciones relacionadas con distintos conceptos estudiados en esta unidad. Indica si son verdaderas o falsas escribiendo una V o una F junto a cada una de ellas.

  1. La prevención, como el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo, debe nacer en el mismo momento del diseño del proyecto empresarial y se extiende durante toda la vida y actividad de la empresa.
  2. La evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores sólo se realizará en aquellas empresas que desarrollen actividades especialmente peligrosas o registren un alto índice de siniestralidad laboral.
  3. La planificación de la prevención es el proceso a través del cual se marcan los objetivos, criterios y procedimientos necesarios para implantar la política de prevención de riesgos laborales en una empresa o centro de trabajo determinado.
  4. Como delegados de prevención nuestro objetivo definitivo es que se realice la evaluación de los riesgos, ya que es la finalidad que se persigue con la prevención de riesgos laborales.
  5. El empresario debe consultar a los representantes de los trabajadores (específicamente a los delegados de prevención), o a los propios trabajadores en ausencia de representantes, acerca del procedimiento de evaluación que se vaya a utilizar en la empresa o centro de trabajo e incluso consensuar con éstos los criterios objetivos de valoración de los riesgos.
  6. La evaluación es siempre un proceso dinámico, y será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud de los trabajadores que se hayan producido o si aparecen indicios, con ocasión de la vigilancia de la salud, de que las medidas adoptadas son insuficientes o inadecuadas.
  7. Las Normas UNE. ofrecen los métodos y criterios esenciales que deben emplearse para la evaluación de riesgos, incluso por encima de la legislación específica.
  8. El Plan de Prevención es el documento escrito que describe el conjunto de acciones organizadas cuya finalidad es la eliminación o reducción de los riesgos laborales en el ámbito de la empresa o centro de trabajo.
  9. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales prohibe el desarrollo de actividades planificadas para un período superior a seis meses, por lo tanto esta será la vigencia máxima de cualquier plan de prevención.
  10. La formulación del Plan de Prevención debe realizarse, necesariamente, en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud, o con los Delegados de Prevención en las empresas de menos de 50 trabajadores.

2. TRABAJO EN EQUIPOS

  1. Siguiendo los criterios que señala el modelo práctico de evaluación general de riesgos propuesto por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (apartado 3.3 de esta unidad), realizad una posible evaluación de los riesgos generales existentes en vuestras empresas según el siguiente modelo: